La solicitud formulada por el ministerio público consiste en prisión preventiva.
De acuerdo con la Fiscalía, Padilla Núñez se encontraba paseando a su perro cuando observó a dos hombres, aún desconocidos, en una motocicleta, apuntando con un arma a una joven que caminaba por el lugar y a la que despojaron de sus pertenencias, por lo que sacó el arma de fuego que portaba, de manera ilegal, y realizó un disparo hacia donde escapaban los desconocidos, impactando a Yapor.
En el momento que ocurrió el hecho la víctima conducía un minibús de transporte escolar con dos niños a bordo.
El imputado fue arrestado en el sector Villa Juana, donde está ubicado su negocio, y donde las autoridades ocuparon una pistola Glock, calibre 40 milímetros, de donde, según la prueba de balística, salió el proyectil que impactó a Delcy Yapor.
La Fiscalía calificó el proceso como un homicidio involuntario, ya que a pesar de que el homicidio no fue voluntario si había una intención de matar, castigado en la legislación dominicana en el artículo 319 del Código Penal Dominicano y artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 sobre Control y Regulación de Armas.
Yapor era esposa de Leandro Acosta, diácono de la iglesia El Buen Pastor del Ensanche Evaristo Morales.
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